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2013-08-29 | normativa

FEMPA edita una guía útil para los propietarios de puertas automáticas

Responsabilidades de los propietarios de puertas

FEMPA edita una guía útil para que los propietarios de puertas automáticas conozcan cómo evitar accidentes y cuáles son sus responsabilidades, tanto en las puertas de propiedad particular como en las puertas de su comunidad.

A pie de la noticia encontrará los enlaces para acceder a la guía.

En esta guía FEMPA presenta las principales obligaciones y responsabilidades del propietario, los componentes de seguridad, así  como los documentos que el instalador y fabricante debe proporcionar al propietario de la puerta.

Principales responsabilidades del propietario:

La propiedad, comunidad de propietarios o particulares, debe asegurarse de que una puerta es conforme al Marcado CE, y ha de conservar y realizar el mantenimiento periódico de las puertas, de acuerdo con las instrucciones facilitadas por el fabricante o instalador, para asegurar unas condiciones óptimas de funcionamiento.

                    

En caso de accidente, e independientemente de las responsabilidad de los fabricantes, instaladores y mantenedores de la puerta, el propietario es responsable de los daños que produzcan sus bienes (en este caso, las puertas) y está obligado a realizar las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y mantenimiento de sus bienes, según el Código Civil y la Ley de Propiedad Horizontal.

Principales obligaciones del propietario:

Exigir siempre al fabricante o instalador la documentación técnica de la puerta.

Marcado CE.

Declaración CE de conformidad.

Manual de usuario (con instrucciones de funcionamiento).

Libro de mantenimiento.

Adecuar las puertas ya instaladas a los requisitos mínimos de seguridad establecidos por normativa y conforme al Marcado CE.

                    

Existen muchas puertas que no cumple con lo dispuesto en el Marcado CE, bien porque se instalaron antes del 1 de mayo 2005 o bien porque se realizó alguna una modificación en la puerta (motorización, cambios en el elementos de seguridad,…). La normativa establece la adecuación de la puerta a los requisitos de seguridad establecidos, y a través de una empresa especializada con capacidad técnica.

Realizar las revisiones y el mantenimiento periódico de la puerta a través de un técnico cualificado.

El propietario de la puerta tiene la responsabilidad y la obligación de realizar las revisiones y mantenimientos periódicos conforme a lo indicado por el fabricante. Para ello deberá contratar los servicios de una empresa especializada con capacidad técnica.

Para acceder a la guía pinche sobre la imagen inferior

                    

www.fempa.es

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